Agencias/Reuters/Perú

La vicepresidenta de Perú, Dina Boluarte, asumió ayer el mando del país luego de la destitución por “permanente incapacidad moral” del mandatario Pedro Castillo por parte del Congreso.

“Asumo de acuerdo con la Constitución de Perú, desde este momento y hasta el 26 de julio de 2026”, cuando estaba previsto el fin del mandato de Castillo, dijo Boluarte, una abogada de 60 años que es la primera mujer en gobernar Perú, dirigiéndose al Parlamento.

La destitución se dio después de que Pedro Castillo anunciara la disolución del Legislativo y declarara un Gobierno de excepción de emergencia, lo que fue calificado como un golpe de Estado por diferentes voces, incluida la vicepresidenta.

La votación de la vacancia (destitución) de Castillo recibió 101 votos a favor, del total de 130 congresistas, así como seis en contra y 10 abstenciones. Luego de conocerse la destitución, ciudadanos limeños celebraron con bocinazos la noticia de la destitución del presidente a lo largo de la Vía Expresa, la autopista principal de la capital.

Hasta el cierre de esta edición, el destituido presidente de Perú, Pedro Castillo, se encontraba detenido en la sede de la prefectura de la Policía de Lima tras dar el golpe de Estado, reportó el medio “El Comercio”: “Horas después de dar un golpe de Estado, el ahora vacado presidente salió de Palacio de Gobierno y se trasladó a la sede de la prefectura, en la Avenida España, donde fue detenido”.

Cabe señalar que sobre Castillo pesan cinco investigaciones: cuatro por corrupción y otra por presunto plagio en su tesis de maestría.

¿FUE ILEGAL LA DISOLUCIÓN DEL CONGRESO?

El Congreso peruano destituyó ayer al presidente Pedro Castillo poco después de que éste disolviera el Legislativo e instalara un Gobierno de emergencia. La oposición denunció autogolpe de Estado y diversos miembros del gobierno de Castillo renunciaron.

¿Fue ilegal la disolución? De acuerdo con la Constitución peruana, sí. La Carta Magna da al Presidente el poder de disolver el Congreso, pero sólo en casos muy específicos.El artículo 134 indica que el Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso “si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros”, cosa que no ha sucedido en el país.

Si acaso hay un antecedente, fue el del 11 de noviembre, cuando el Congreso de Perú se negó a atender el asunto de la moción de confianza solicitada por el Ejecutivo. Días después, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, renunció. Aun así, si ese caso fuera interpretado como una negación de confianza, sólo ocurrió una vez, y la ley requiere dos.

Un congresista peruano explicó que el decreto de disolución debe incluir la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Eso sí hizo Castillo, anunciando elecciones anticipadas. Este tipo de comicios deben realizarse no más allá de cuatro meses después de la disolución del Congreso.

La Constitución marca que un presidente no puede disolver el Congreso en el último año de mandato, pero no es el caso de Castillo, cuyo gobierno concluía en 2026.

Una vez disuelto el Congreso, la Comisión Permanente se mantiene en funciones. Es por eso que los legisladores consideraron ilegal la disolución y posteriormente votaron por destituir al presidente por “permanente incapacidad moral”.

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