Por Mario Herrera García/Bahía de Banderas

El pasado 30 de septiembre la Junta de Conciliación y Arbitraje en Puerto Vallarta dejó de recibir demandas laborales sin dejar de operar hasta la resolución de los casos acumulados y, así mismo, a partir del 3 de octubre pasado entraron en funcionamiento los Juzgados Laborales tanto locales como federales para atender las demandas de los trabajadores de la región.

Carlos Efraín Yerena, secretario de la Sexta Junta Especial de lo Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco, en entrevista para CTM Vallarta, dijo que de las 1700 demandas que en promedio reciben al año, en este 2022 al 30 de septiembre fueron 862 demandas que se suman al total de alrededor 9 mil expedientes a resolver.

Los cambios en el tema laboral responden a una nueva legislación donde los juzgadores ahora dependen del Poder Judicial y no del Ejecutivo como se venía dando con las Juntas de Conciliación.

En la bahía de Banderas se instalaron 2 Juzgados laborales que por razones obvias dependerán del Poder Judicial de cada Estado. En el caso de Puerto Vallarta tendrá la misma cobertura que la Junta de Conciliación que cubre los municipios de Mascota, San Sebastián del Oeste, Tomatlán, Cabo Corrientes y Puerto Vallarta.

VENTAJAS DEL NUEVO MARCO JURÍDICO LABORAL

El secretario de la Junta Especial en Puerto Vallarta, dijo que esta reforma laboral trae un mecanismo más ágil en los resolutivos de conflictos entre trabajadores y patrones. Los Centros de Conciliación a cargo del Ejecutivo juegan un papel importante en la resolución de casos antes de pasar a los Juzgados del Poder Judicial.

Mencionó que “en los estados que ya se implementó la reforma laboral, llevan un porcentaje del 60% de asuntos que se resuelven en la conciliación y no pasan al Juzgado, al Tribunal Laboral, eso indica que el 40% es lo único que está pasando y el 60 se queda en la conciliación, o sea, el trabajador al parecer va a tener más rapidez en la resolución de sus conflictos laborales”.

Por otro lado, otra de las ventajas que tiene el nuevo marco legal en materia laboral tiene que ver con la democratización de las organizaciones gremiales, que en este caso la Ley exige a los sindicatos que deben de tomar en cuenta a los trabajadores en la actualización o modificación de los contratos colectivos.

Esta labor, dice el abogado laborista, se está haciendo a través de un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral que es una tarea titánica que lleva 2 millones de consultados de los 20 millones de trabajadores agremiados que existen en el país.

JUZGADOS DESDE EL PODER JUDICIAL, COMO DEBE SER

Carlos Efraín Yerena, hace un recuento del porqué los cambios en el marco legal en materia laboral y lo atribuye a la constante lucha del trabajador en su proceso histórico que viene plasmándose desde la creación del artículo 123 de la Constitución de 1917, vigente en la actualidad.

Cuando se crea la Ley Federal del Trabajo en los inicios de los años 70´s del siglo pasado, se crean las Juntas de Conciliación que dependen del Poder Ejecutivo.

“Siendo una contradicción y a pesar de que la oficina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) recomendaba que debían depender del Poder Judicial; hasta apenas con esta reforma se logra la judicialización del derecho del trabajo. Los tribunales obreros, ahora sí, van a depender del Poder Judicial como debe de ser”, sentencia Yerena.

El laborista describe que el cambio a la legislación no fue sencillo y se tuvo que modificar la Constitución y planear su introducción en tres etapas: 10 estados entraron en el 2020, otros 10 más en el 2021 y el resto se están acoplando a la nueva Ley el resto de los estados donde se incluyen Jalisco y Nayarit.

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