Por Enrique Pineda/Puerto Vallarta

El regidor del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Luis Ernesto Munguía González, es ahora acusado por violencia familiar.

Según publica el portal de internet noticiaspv.com, el miércoles quedó registrada la carpeta de investigación 1002/2022, donde se desprende la importancia de ofrecer las medidas de protección preventiva a la ex pareja sentimental de Munguía, llamada Mónica Xiadani Zepeda Gayol, por la presunta violencia familiar que vivió en un periodo al lado de Munguía.

La joven tendrá vigilancia y protección policial, de acuerdo la instrucción dictada por el Fiscal Adscrito a la Agencia del Ministerio Público, Adscrita a la Unidad de Investigación en Delitos Contra las Mujeres y Delitos en Razón de Género.

Según la publicación, tras la denuncia que interpuso por abuso de autoridad el miércoles 16 de marzo 2022 en contra de su ex pareja sentimental, Luis Munguía, Zepeda Gayol acudió a la Agente del Ministerio Público de la Unidad de Investigación en Delitos Contra las Mujeres y Delitos en Razón de Género, quien dictó las medidas de protección preventiva a favor de la víctima, quien tendrá vigilancia y protección policial.

En la carpeta de investigación quedó el registro de los estudios psicológico y de impacto emocional, por la violencia familiar de la que presuntamente fue víctima Zepeda Gayol, quien vivió ocho años con Munguía.

En tanto, en el oficio No. 1536/2022, la ex pareja de Munguía solicitó las medidas de protección por lo que vivió en los últimos años y “señala los actos de intimidación, agresiones verbales, físicas, que ha recibido por parte de su hoy denunciado, actos que hace del conocimiento de esta Agencia del Ministerio Público y son hechos que la ley señala como delito de VIOLENCIA FAMILIAR, conducta esta cometida en perjuicio de la hoy ofendida MONICA XIADAN ZEPEDA GAYOL”.

Por lo anterior, dijo la autoridad, “instrúyase mediante oficio al Encargado de la Comandancia de la Policía Investigadora adscrita a esta Dirección y al Encargado del Despacho de la Dirección General de Seguridad Ciudadana de Puerto Vallarta, Jalisco, en los términos del artículo 132 Fracción XII y XIII del Código Nacional de Procedimientos Penales a fin de que den cabal cumplimiento a la medida de protección dictada por el suscrito, la que consiste en: Vigilancia en el domicilio de la víctima u ofendido y Protección policial de las víctimas u ofendidos”.

El agente del Ministerio Público instruyó: “Notifíquese al Ciudadano LUIS ERNESTO MUNGUÍA GONZÁLEZ, las medidas de protección dictadas dentro del presente. Medidas de Protección Preventiva decretada a favor de la víctima MÓNICA XIADANI ZEPEDA GAYOL, la que tendrá una duración de 60 días naturales contados a partir del día de su notificación, lo anterior de conformidad con el artículo 139 del Código Nacional de Procedimientos Penales”.

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