Por Eugenio Ortiz Carreño/Bahía de Banderas

Un grupo de vecinos de Nuevo Vallarta, a quienes se les abrió carpeta de investigación y se les pretende despojar de sus viviendas, confían en alcanzar el amparo de la justicia federal, aunque todo está en proceso hasta el momento y no hay una resolución definitiva, comentaron los afectados.

En principio, el juez señala en una de sus resoluciones que el aseguramiento carece de fundamentación y motivación y ese brinda aliento a los afectados, quienes han sido amenazados y acusados de ser parte de la “mafia inmobiliaria”.

En específico, hay casos en los que las personas no fueron notificadas del aseguramiento del inmueble de su propiedad y la adquisición de su propiedad no constituye objeto del delito, ni tampoco existen huellas, ni tienen relación alguna con delito, por lo que el “aseguramiento” que hizo el Fideicomiso Bahía de Banderas es ilegal.

En uno de los escritos del expediente, se establece que en el caso que se analiza como acto destacado, la resolución dictada por el juez de control responsable el 14 de septiembre de 2022 y su ejecución emitida en autos del segundo penal expediente 85/2022 tomada con motivo de la solicitud de formulada por la agente del Ministerio Público, adscrita a la unidad de investigación del sistema penal acusatorio y oral del centro regional de Bucerías número V, municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, se concluyó:

“El objeto, necesidad y urgencia del obsequio del mandamiento judicial de inmovilización registral, aseguramiento precautorio e inmovilización de claves, catastrales, que se solicita, se tiene por justificado con los datos y consideraciones que se han expuesto en el considerando que antecede, toda vez que se advierte Ejercicio Indebido de funciones,, tráfico de influencias, administración fraudulenta, establecido que los bienes inmuebles en mención se encuentran relacionados con la carpeta de investigación multicitada, por lo tanto con el aseguramiento que se solicita lo que se pretende es preservar los bienes inmuebles los cuales guardan relación directa atendiendo que la finalidad de la inmovilización  de claves catastrales, para que no se realice ningún acto traslativo de dominio, de este de conformidad con lo previsto en el artículo 220 del Código Nacional de Procedimientos Penales”.

En otra parte, el juez señala que la indagatoria constituye una limitación temporal al ejercicio del derecho de propiedad que debe estar absolutamente justificado, lo que en el caso no ocurrió…

En ese tenor resulta que si la autoridad ministerial considera que es necesario que subsistan las medidas decretadas, sobre los inmuebles que aquí se reclaman deberá expresar los motivos, razones y fundamentos que sustenten dicha decisión para que las mismas sean valoradas por la autoridad judicial.

También se advierte por parte de la autoridad responsable que se debe asegurar el pago para la reparación del daño causado por los mismos.

Además, señala que estos actos del Fideicomiso de Bahía de Banderas constituyen una limitación temporal al ejercicio del derecho de propiedad que debe estar debidamente justificado, lo que en el caso no ocurrió.

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