Agencias/Guadalajara/El Informador

A partir de la publicación del Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco, que entró en vigor el sábado pasado, se dio a conocer la creación de un Registro Estatal que contabilizará, entre otros puntos, las sanciones que se apliquen a los conductores de vehículos particulares y del transporte público.

Lo anterior traerá consecuencias directas para las personas que no respeten las reglas, pues quienes cometan tres infracciones consideradas como graves o de factor de riesgo (no se ha especificado en qué periodo) no podrán renovar su licencia de conducir.

Entre estas se encuentran manejar borracho o drogado, pasarse la luz roja del semáforo, conducir a exceso de velocidad y no hacer caso de las indicaciones de los agentes viales.

Anteriormente, en el Registro Estatal sólo se incluía información general de licencias, datos de los choferes y de los vehículos en circulación, alta y baja de placas, número de unidades del transporte público, además de detalles de rutas y de los proyectos relacionados con la movilidad.

De acuerdo con la Secretaría de Transporte (Setran), actualmente se trabaja en la normativa específica de esta nueva medida, en la cual se detallarán las acciones y la metodología para aplicar el reglamento referido. Se cuenta con 60 días hábiles a partir del 1 de agosto para afinar todos los detalles.

Ya que la Ley no es retroactiva, con la puesta en marcha del Registro Estatal la enumeración de multas calificadas como graves partirá de cero.

El lunes pasado, este medio de comunicación publicó que los mayores de 75 años tendrán que presentar un certificado de salud que demuestre que cuentan con las aptitudes físicas y mentales para obtener una licencia de manejo, en tanto que el resto de los automovilistas en la Entidad deberán aprobar un curso de capacitación impartido por la Secretaría de Transporte, contar con una póliza de seguro vehicular y no formar parte del Registro Nacional de Deudores Alimentarios.

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